Glosario
Glosario de Garantías
Este glosario define los términos clave del seguro de caución y las garantías contractuales — desde las partes de una póliza (tomador, beneficiario, aseguradora) hasta los instrumentos (performance bond, garantía bancaria, SBLC). Definiciones precisas y de nivel sénior para consultar rápido y citar con confianza.
A
- Aseguradora (surety)
- La compañía autorizada que emite la póliza y respalda al tomador ante el beneficiario. Suscribe el riesgo, fija la prima y paga siniestros válidos hasta el monto garantizado.
B
- Bid bond (garantía de licitación)
- Garantía que asegura que el licitante honre su oferta y firme el contrato si resulta adjudicatario. Cubre la pérdida del beneficiario si el ganador rechaza la adjudicación.
- Beneficiario (obligee / asegurado)
- La parte protegida por la garantía y acreedora de la obligación — el organismo público, el tribunal, la aduana o el cliente privado. Es quien presenta el siniestro si el tomador incumple.
C
- Carta fianza (carta fiança)
- Fianza emitida por un banco en la que la entidad se obliga a pagar al beneficiario si el afianzado incumple. Consume la línea de crédito bancaria del afianzado, a diferencia del seguro de caución.
- Caución (depósito en garantía)
- Depósito de dinero, título o bien ofrecido como garantía de una obligación. Inmoviliza capital del garante; el seguro de caución y la carta fianza son las alternativas que liberan esa caja.
- Contragarantía (indemnity)
- Compromiso del tomador (y a veces de sus socios) de reembolsar a la aseguradora cualquier importe que pague en un siniestro. Es lo que hace al seguro de caución más barato que inmovilizar efectivo.
- Cláusula de retomada (step-in clause)
- Cláusula que faculta a la aseguradora a asumir la ejecución del contrato incumplido — directamente o por un tercero — en lugar de solo indemnizar, terminando la obra o el servicio garantizado.
D
- Depósito recursal (depósito de apelación)
- Depósito exigido para admitir un recurso en la justicia laboral. El seguro de caución judicial laboral puede sustituirlo, evitando que el capital quede bloqueado durante el proceso.
E
- Endoso (endorsement)
- Adenda a la póliza que modifica sus condiciones — monto garantizado, vigencia, objeto o partes — tras la emisión, formalizando el cambio acordado entre tomador, beneficiario y aseguradora.
- Ejecución fiscal (execução fiscal)
- Acción en la que la hacienda pública cobra una deuda tributaria inscrita. El seguro de caución judicial puede sustituir el embargo en efectivo, liberando el capital del ejecutado mientras discute la deuda.
F
- Fianza de retención (retention bond)
- Garantía que sustituye la retención en efectivo (típicamente 3–5%) exigida en la construcción para cubrir defectos. El tomador cobra íntegramente y la aseguradora garantiza el monto que se retendría.
- Fiador
- Persona física o jurídica que, mediante un contrato de fianza, asume la responsabilidad de cumplir la obligación si el deudor principal no lo hace. Es el garante personal, distinto de la aseguradora.
G
- Garantía de anticipo (advance payment bond)
- Garantía que protege el anticipo pagado por el beneficiario al tomador al inicio del contrato. El monto garantizado suele amortizar a medida que el anticipo se descuenta en las certificaciones.
- Garantía aduanera (customs bond)
- Garantía que asegura el pago de tributos y el cumplimiento de obligaciones ante la autoridad aduanera en operaciones de importación y exportación, sustituyendo depósitos en efectivo.
- Garantía judicial (judicial guarantee)
- Garantía que sustituye el depósito en efectivo exigido en procesos judiciales — fiscales, civiles o laborales — permitiendo al tomador conservar el capital en caja mientras garantiza el juicio.
- Garantía bancaria (bank guarantee)
- Instrumento de dos partes emitido por un banco que paga al beneficiario a requerimiento. Usa la línea de crédito del tomador, a diferencia del seguro de caución, que se suscribe y mantiene las líneas libres.
- Garantía a primer requerimiento (on-demand bond)
- Garantía que obliga al garante a pagar ante el simple requerimiento del beneficiario, sin prueba previa del incumplimiento. Traslada el riesgo de una ejecución indebida al tomador.
- Garantía condicional (conditional bond)
- Garantía cuyo pago depende de la prueba del incumplimiento y, a menudo, del daño. El garante investiga el siniestro antes de pagar, protegiendo al tomador frente a una ejecución abusiva.
P
- Performance bond (garantía de cumplimiento)
- Garantía que asegura que el tomador complete el contrato según sus condiciones. Si el tomador no ejecuta la obra o el servicio, la aseguradora asume el costo de terminación o indemniza, hasta el monto garantizado.
- Payment bond (garantía de pago)
- Garantía que asegura el pago a subcontratistas, proveedores y mano de obra de la obra. Protege a quienes suministraron bienes o servicios frente al impago del tomador principal.
- Prima (premium)
- Importe que el tomador paga a la aseguradora por emitir la garantía. En el seguro de caución suele ir del 0,5% al 5% anual sobre el monto garantizado, según riesgo y plazo.
- Póliza (apólice)
- Documento que formaliza el contrato de seguro de caución, definiendo las partes, el objeto, el monto garantizado (tope de indemnización), la vigencia y las condiciones de ejecución.
S
- Seguro de caución (surety bond)
- Acuerdo de tres partes en el que una aseguradora garantiza al beneficiario que el tomador cumplirá una obligación. Si el tomador incumple, la aseguradora indemniza al beneficiario hasta el monto garantizado y se reembolsa del tomador vía contragarantía.
- SBLC (Standby Letter of Credit)
- Carta de crédito standby: garantía bancaria irrevocable que paga al beneficiario contra la presentación de documentos que acrediten el incumplimiento. Muy usada en el comercio internacional.
- SKR (Safe Keeping Receipt)
- Recibo de custodia emitido por un custodio regulado que acredita la guarda de un activo. No es garantía bancaria, SBLC ni instrumento "monetizable" — solo prueba de custodia.
- Subrogación (sub-rogação)
- Derecho de la aseguradora, tras pagar un siniestro, de asumir la posición del beneficiario y cobrar del tomador y los contragarantes los importes desembolsados.
- Suscripción (underwriting)
- Proceso de análisis de riesgo por el cual la aseguradora evalúa la salud financiera, el historial y la obligación del tomador antes de emitir la póliza y fijar la prima y la capacidad.
- Siniestro (claim)
- Ocurrencia del evento cubierto — el incumplimiento del tomador — que faculta al beneficiario a ejecutar la garantía y a la aseguradora a investigar e indemnizar hasta el monto garantizado.
T
- Tomador (principal)
- La parte cuya obligación se garantiza — la constructora, el proveedor o la empresa. Contrata la póliza, paga la prima y firma la contragarantía, comprometiéndose a reembolsar a la aseguradora los siniestros pagados.
¿Necesita una garantía para su obligación?
ERGO emite seguros de caución y garantías contractuales que aseguran sus obligaciones sin congelar su línea de crédito. Solicite una cotización a medida o hable con un especialista.